ANTECEDENTES HISTORICOS
EVOLUCIÓN HISTÓRICA
Antes de 1947
el pueblo inuit, primeros habitantes canadienses, tenía un
sistema consuetudinario de leyes y de instituciones políticas propias. Desde
1947, con las exploraciones europeas, los conquistadores trata- ron de importar
sus leyes a América del Norte. Desde 1663 se empezó a desarrollar
la forma de
gobierno colonial.
CRITERIOS DE ADOPCIÓN DE
LEYES
Teniendo en cuenta que la
colonia británica de Norteamérica eventual-mente fue colonizada enteramente por
el Reino Unido, debemos estu- diar los criterios de adopción de las leyes en la
colonia y entender la relevancia de las leyes imperiales corno fundamento de las
leyes constitucionales canadiense.
Elautor Pet'~rW.Hogg
ensulibro Consitutional LawofCanada explora las reglas de colonización
del Imperio británico, y distigiue entre una colonia conquistada ya sea por
acuerdo o por conquista. En el caso de una colonia adquirida por acuerdo,
los colonizadores traían con ellos las leyes inglesas--derecho consuetudinario y
leyes
estatutarias-, las
cuales
constituyeron las
leyes iniciales de la colonia. La ley inglesa reconoció corno «colonias
adquiridas» a Nueva Escocia, Nuevo Brunswick, la Isla del Príncipe Eduardo y
Terranova (Newfoundland).
En el caso de una
colonia adquirida por conquista, las leyes de los conquis- tados se
mantenían, a menos que la ley británica fuera necesaria para establecer las
relaciones entre ambas partes y para operar las institucio-
REVISTADE DERECHO, UNIVERSIDAD DEL NORTE, 21:
150-162, 2004 151nes gubernamentales británicas
en]a colonia. Adicionalmente, una colonia adquirida por cesiÓn,es decir,
por una transferencia de otro país, era tratada como una colonia adquirida por
conquista. La ley británica trató a los territorios de Ontario y Quebec como
«co]onias conquistadas», como veremos más adelante.
NORMAS APLICABLES
Los vados ]egales en las
colonias eran llenados tanto por e] derecho consue- tudinario (common law)
como por las leyes británicas. En tiempos colonia- les, e] derecho
consuetudinario fue concebido como un conjunto de doc- trinas uniformes
aplicab]es en todo e] Imperio que suministraban una regla a aplicar En
determinada situación, y que podían ser reformadas por las legislaturas de las
colonias. Las instituciones de]a Cámara de los Lores (The House oILords),
última instancia de apelación con jurisdicción en e] Reino Unido, y e]
Consejo Privado de] Soberano (Judicial Comittee 01 the Privy Council),
corte fina] de apelación con jurisdicción sobre las colonias británicas,
enseñaban los lineamientos que las cortes de las co]o- nias debían seguir. Es
decir que e] Consejo Privado de] Soberano mantenía ]a uniformidad de] derecho
consuetudinario no sólo en]as colonias britá- nicas sino también en todo el
Imperio británico. Ambas instituciones eran cortes coordinadas que compartían
magistrados. En]a práctica, las cortes coloniales absorbieron sin
cuestionamientos los principios desa- rrollados en e] derecho consuetudinario
por las instituciones de] Con- sejo Privado del Soberano y ]a Cámara de los
Lores.
Hogg señala que en una
colonia existían dos clases de leyes -las leyes estatutarias y
las leyes imperiales-, ambas
proclamadas por el
Parlamento británico en We~;trninster.La primera clase de leyes consistía en la
legisla- ción interna (Received statutes) del Reino Unido que existían en
Inglaterra a la fecha de la colonización y que eran recibidas por la colonia. La
fecha de adopción de]a leyera importante en las colonias adquiridas por acuerdo,
pues si la ley estatutaria se aplicaba en Inglaterra a]a fecha de colonización,
entonces se aplicaba también a la colonia, a menos que su aplicación se
considerara como inadecuada. Estas leyes intentaban regular situaciones propias
de] sistema británico, por ]0
tanto este conjunto de leyes recibidas podían ser reformadas por las
legislaturas de las co]o- nias.
La segunda clase de leyes
adoptadas por e] Parlamento británico eran las leyes imperiales (Imperial
Statutes), con fuerza de ley ex proprio vigore. El objetivo de estas
leyes era regular situaciones internas de las colonias.
Por lo tanto, las leyes
imperiales se aplicaban en la colonia por sus propios términos, sin
consideración a la fecha de adopción o a la fecha de colonización. En
consecuencia, las leyes imperiales no podían ser reformadas por la legislatura
de la colonia, imponiéndose así el deseo de la corona británica. En efecto, la
única institución que podía recusar una ley imperial era el Parlamento
británico, el cual ejercía un control absoluto sobre la materia.
PERíODO DE LA
PRE-CONFEDERACIÓN
Después de la derrota de
los franceses se estableció la soberanía inglesa en Nueva Francia (territorios
de Quebec y Ontario) en 1760. Mediante el Tratado de París de 1763Francia
cedió Nueva Francia a la Gran Bretaña. Mediante la Pmclamación Real de
1763\ la ley inglesa se impuso en Quebec y excluyó las leyes civiles
existentes hasta ese período y se protegió los derechos sobre tierras de los
aborígenes sometidos a la corona.
Las colonia¡, estaban
administrativamente controladas
por un gober- nador y un Consejo Ejecutivo, ambos designados por la corona. En
esta Proclamación, la corona también sugirió la constitución de una asam- blea
legislativa en la colonia sujeta al cumplimiento de ciertas circuns- tancias.
Circunstancias que no se dieron posiblemente porque la comu- nidad
francesa-canadiense era
mucho mayor en número que la inglesa en este momento histórico. La falta de
asamblea legislativa constituyó una fuente de quejas, especialmente por
inmigrantes ingleses seguido- res de la revolución americana.
La promesa de la
constitución de la asamblea legislativa sugerida en la Proclamación Real de 1763
no podía ser revocada unilateralmente por la corona debido al principio
reconocido en la decisión de Campbell C. HalJ2,mediante el cual la Corte limitó
las prerrogativas de la corona, y reconoció que una ley de la colonia no podía
ser reformada sólo por el rey, sino a través del Parlamento inglés O la Asamblea Legislativa de la colonia. Como lo
establece Patrick J. Monahan
en su libro Consitutional
Law, se hizo
necesario que el Parlamento británico estableciera una ley que anulara la parte
de la Proclamación Real de 1763 que había prome- tido una asamblea
legislativa.
En efecto, el Parlamento
británico adoptó la Ley de Quebec de 17743 , mediante la cual se efectuó el
cambio mencionado y le dio poder de legislar al gobernador y a un consejo
legislativo, cuyos miembros eran designa- dos por el gobernador. Esta fue la
primera ocasión que Inglaterra dispuso una forma de gobierno civil para una
colonia en la forma de ley imperial. La ley reconoce expresamente la libertad de
religión y garantiza la participación de los
católicosromanosenel Consejo
Legislativo. Adicional- mente, mediante esta ley se expandieron las áreas que
constituían la colonia de Quebec, incluyendo los territorios de Ontario, parte
de Nueva York y Ohio. Se restauró la ley civil como Ley de Quebec, en materias
de derecho privado, y se mantuvo la ley inglesa para los asuntos
criminales.
Esta ley creó una
atmósfera de controversia dentro de las colonias americanas, por la forma de
gobierno adoptada y por la aplicación de la ley civil en ciertas materias,
factores que contribuyeron a la indepen- dencia de los Estados Unidos de
América. Después de la independencia de Estados Unidos, la insatisfacción de los
ingleses colonizadores se incrementó cuando seguidores de la causase asentaron
en la parte occiden- tal de la colonia de Quebec, alrededor de los lagos Ontario
y Eric.
De esta forma, el
Parlamento inglés creó la Ley Constitucional de 1791', mediante la cual dividió
a Quebec en dos colonias, el Canadá Superior (Upper Canada).. en la que
predominaba los colonizadores de habla ingle- sa, y el Canadá Inferior (Lower
Canada), en la que predominaban los
colonizadores de habla francesa.
Esta Ley satisfizo las
demandas de los colonizadores mediante la creación de una asamblea legislativa
en cada colonia con la posibilidad de modificar laBleyes vigentes, sujeta a la
aprobación del Parlamento inglés. Es así como, mediante una ley en 1792, Alto
Canadá (hoy día Ontario) adopt6las leyes inglesas como propias, y Bajo Canadá
(hoy día Quebec) no realizó grandes cambios en sus leyes.
En cada colonia, el
poder legislativo estaba conformado por un gober- nador, un
consejOlegislativo designado por el rey y una asamblea legis- lativa elegida en
la colonia. Es decir, para que un proyecto de ley se convirtiera en ley se
requería la aprobación de la Asamblea Legislativa, del Consejo Legislativo y del
gobernador. No obstante lo anterior, el gobernador actuaba bajo las
instrucciones impartidas por el rey. En efecto, el gobernador ejercía grandes
poderes que podían ser utilizados para bloquear las iniciativas de la Asamblea
Legislativa.
Existía un poder
ejecutivo bajo el nombre de Consejo Ejecutivo, cuya función básica era
aconsejar al gobernador. No obstante lo anterior, el gobernador no estaba
obligado a seguir los lineamientos de los conseje- ros, quienes él había a su
vez nombrado. El poder judicial estaba represen- tado por el gobernador y
el Consejo Ejecutivo, que constituían en cada colonia una Corte de Apelación y
una Corte de jurisdicción civil. El Consejo Ejecutivo, por tanto, funcionaba
también como un cuerpo cuasilegis- lativo.
Se generaron tensiones de
tipo político y religioso entre la Asamblea popular, por IDI lado, y los gobernadores ingleses
y el Consejo Ejecutivo, por el otro, las cuales culminaron con rebeliones en
Alto y Bajo Canadá en 1837.Fue necesario el nombramiento de John
Georges Lambton, el
Lord Durham, para convenir una solución. El Lord Durham realizó un reporte
conocido como El reporte del Lord Durham (1839), el cual fue controver- sial,
puesto que se puso al descubierto la incompetencia de las institu- ciones
existentes en las colonias.
Por un lado, el reporte
recomendó la
institución del
Gobierno Responsa- ble. Mediante esta institución, el gobernador estaba
sujeto a las recomenda- ciones del Con,ejo Ejecutivo, cuyos miembros debían
estar compuestos solamente por personas de confiarlZa de la Asamblea
Legislativa, y que en el evento de perderse la confianza, los consejeros debían
renunciar a su cargo. A pes,ar de que esta institución fue rechazada por la
corona, la aplicación de la institución del Gobierno Responsable fue adoptada
paula- tinamente una década después como única solución viable al conflicto
interno de las provincias, y se constituyó como una convención consti- tucional,
según lo enseña el profesor Hogg. Por otro lado, el Lord Durham recomendó la
unión del Alto Canadá (Canadá del Oeste, hoy día Ontario) y del Bajo Canadá
(Canadá del Este, hoy día Quebec).
PERIODO DE LA UNIÓN
La última propuesta del
Lord Durham se hizo realidad mediante la Ley de la Unión dE'18405 del Parlamento inglés. La intención
de la leyera la integración y asimilación de los franceses parlantes a la
comunidad inglesa mediante la implementación del idioma inglés como la lengua
oficial del Consejo Legislativo y de la Asamblea Legislativa. Unos años después,
ambos idiomas, el francés y el inglés, se convirtieron en los idiomas oficiales
para todos los propósitos. Esta ley no cambió los dos sistemas legales
operantes; es decir, la ley francesa continúo siendo la base del derecho privado
de Canadá del Este, y la ley inglesa, la base del derecho privado de Canadá del
Oeste.
Como consecuencia de la
unión de las dos provincias, se reestructuró el gobierno de Canadá mediante la
adopción de un sólo gobernador, un Consejo Legislativo nombrado por el
gobernador y una Asamblea Legis- lativa elegida popularmente. Esta última tenía
la competencia para crear leyes para la paz, bienestar y buena administración de
la provincia de Canadá «(Peace, Welfare and Good Government of the Province of
Canada»), y velar para que ninguna de estas leyes fuera contraria a la Ley de la
Unión de 1840 o a alguna ley británica que se extendiera a las provincias por
promulgación expresa o por interpretación necesaria. Así pues, sólo aquellas
leyes británicas que intentaran ser adoptadas en la colonia se aplicarían sobre
las leyes locales.
Posteriormente, en 1865, se adoptó la ley Colonial Laws
Validity Act6. Esta ley definió lo que constituía una ley imperial y estableció
la doctrina de contradicción (doctrine 01repugnancy). La
ley imperial fue definida como un acto del Parlamento inglés extendido a la
colonia, y que se entendía extendida a la colonia si la ley misma lo anunciaba
mediante palabras expresas o por la intención de la ley. Es decir que era una
decisión unilateral del Parlamento inglés de aplicar o no una ley imperial en la
colonia.
La doctrina de
contradicción señalaba que si la Asamblea Legislati- va adoptaba una ley en la
colonia contraria a una ley imperial, dicha ley era contradictoria y nula; por
el contrario, si la Asamblea Legislativa adoptaba una ley contraria a una ley
estatutaria o un derecho consue- tudinario, aquélla no se consideraba como
nula.
Esta ley no autorizó a la
Asamblea Legislativa para modificar una ley imperial aplicada a la colonia. Por
tanto, si la colonia deseaba alterar o revocar una ley imperial, la colonia
tenía que persuadir al Parlamento inglés para crear o modificar la ley
deseada.
Período de la
Confederación
El período de la Unión
duró hasta el período de la Confederación en 1867, cuando s'~sancionó The
British North America Act, 1867', citado en este trabajo como el B.N.A. Act, 1867. El B.N.A. Act, 1867, ley imperial extendida a las
colonias, dio efecto al esquema de Confederación acordado en las conferencias
sostenidas en CharloUetown (1864), en la ciudad de Quebec (1864) y en Londres,
Inglaterra (1867). A través de esta ley se unieron las provincias de Canadá,
Nueva Escocia y Nuevo Brunswick en un sólo «Dominio» bajo el nombre de
Canadá8•
Hogg señala que el
término «colonia» no era completamente apropia-
do, pues los territorios de Canadá, Australia y Nueva Zelanda gozaban de una
considerable autonomía gubernamental. No obstante el alto grado de autonomía con
respecto a Inglaterra, jurídicamente Canadá permaneció como una colonia
británica, subordinada en asuntos locales e internacionales.
El B.N.A. Act, 1867 estableció que la Constitución
canadiense sería similar a la de Inglaterra, esto es, diseñada como un sistema
federal. El sistema federal se basaba en que la competencia de legislar estaba
repartida entre el Parlamento de Canadá y las asambleas legislativas de las
provin- cias. El Poder Legislativo se ejercía federalmente a través del
Parlamento federal, compuesto porel Senado y la Cámara de los Comunes, y
provincial- mente por las asambleas legislativas. Se otorgó al nuevo Parlamento
federal un importante poder económico en materias criminal, comercial y
familiar. Las legislaturas provinciales tuvieron otros poderes, notable- mente
sobre bienes y derechos civiles, instituciones municipales, educa- ción y
administración de
justicia.
El Poder Ejecutivo
siguió encabezado en la figura del rey, poderes delegados a un gobernador
general y a un Consejo Ejecutivo. El Poder Judicial se ejerció a través
las cortes canadienses y la apelación a través del Consejo Privado del Soberano,
según sección 129. La sección 101 del B.N.A., 1867 autorizó al Parlamento
federal la creación de una Corte de Apelación en Canadá, la cual no fue
establecida sino hasta en 1875.
La provincia de Canadá se
dividió en dos diferentes provincias: Ontario (lo que conformaba el Alto Canadá)
y Quebec (lo que conformaba el Bajo Canadá). Mediante el B.N.A. Act, 1867 se constituyeron las
legislaturas y las instituciones de gobierno para estas últimas provincias.
Nueva Escocia y Nuevo Brunswickmantuvieron las
legislaturas e
instituciones gubernamentales existentes.
Mediante la
Eección 129 del B.N.A. Act,
1867 se confirmó la
validez de las leyes
promulgadas antes del período de la Confederación. Adicional- mente, esta
secci6n le dio al Parlamento federal o a las legislaturas Provin- ciales,
dependiendo de la competencia, el poder de revocar, anular o reformar las leyes
constituidas antes de
la confederación. No
obstante lo anterior, la misma cláusula excluyó las leyes existentes y adoptadas
por el Parlamento de la Gran Bretaña o del Parlamento de Reino Unido de la Gran
Bretaiia e Irlanda. Con esta exclusión, resalta Hogg que el poder conferido en
la sección 129 estaba sujeto a las restricciones definidas en la
Colonial Laws Vality Act.
Hubo temas de importancia
que por diferentes razones no fueron incluidos en la l€y, tales como: Una
cláusula para reformar el B.N.A., 1867, la
forma de nombramiento y duración del mandato del gobernador general, el sistema
de gobierno responsable (constituía una convención constitucional), el
establecimiento de una corte suprema.
Como no se incluyó en el
B.N.A. Act, 1867 una cláusula de reforma de
la misma ley, el Parlamento inglés continuaba siendo la institución operante
encargada de su reforma. Como dato histórico, entre 1867 y 1982 el Parlamento
británico enmendó el B.N.A. Act, 186719
veces.
El gobierno de la colonia
manifestó preocupación por la soberanía que el Parlamento inglés aún ejeráa
sobre Canadá, y expresó el deseo por lograr igual estatus que el Reino Unido.
Estas preocupaciones y deseos se acrecentaron por la ocurrencia de diversos
eventos. Es enton- ces cuando se desarrollan las denominadas conferencias
imperiales de 1926 y 1930, con el propósito de remover los vestigios de estado
colonial en los dominios (Canadá, Australia, NuevaZelanda, Terranova,
Suráfrica y el estado irlandés). Las conferencias adoptaron la convención
consti- tucional que los dominios tenían el mismo estatus que el Reino
Unido.
Esta convención
constitucional obtuvo el carácter de ley mediante la adopción del Statute of
Westminster, 19319 por el
Parlamento inglés. La
convención constitucional
fue adoptada en el preámbulo y la sección 4 de la ley de We¡,tminster y se
estableció que ninguna ley británica futura se aplicaria a Canadá a menos que la
ley expresamente declarara que Canadá había solicitado y consentido la adopción
de tal ley.
El profesor Hogg señala
que ni la ley ni la convención buscaban destruir el
poder del Parlamento inglés para proclamar leyes que se aplicaran a los
dominios; por el contrario, cada uno expresamente reconocía y preser- vaba tal
poder. Esta ley no propuso una fórmula de reforma del B.N.A. Act, 1867, lo que significaba que el
procedimiento de reforma estaba sometido al Parlamento de Westminster y a la
aplicación de la conven- ción constitucional.
El proceso de
repatriación
Mediante las formulas
Fulton-Favreau (1964) y Victoria Charter (1971) se trató de llegar a un acuerdo
para adoptar una fórmula de reforma del B.N.A.
Act de 1867, sin resultado exitoso, debido principalmente a la oposición
de la provincia de Quebec. Ambas fórmulas proveían a la provincia de Quebec con
un derecho a veto. Se entendió que Quebec tendría que ha~er parte del acuerdo
para evitar el fracaso del mismo. El Partido Quebequence realizó un referéndum
en Quebec el 20 de mayo de 1980, mediante el cual los votantes rechazaron la
propuesta de darle al gobierno de Quebec un mandato para negociar una
soberanía-asocia- ción con el gobierno de Canadá.
El primer ministro de
Canadá Trudeau propuso la fórmula Victoria Charter. Ocho provincias se opusieron
y propusieron una fórmula alterna- tiva, la fórmula de Vancouver, en la cual la
mayoría de las reformas requería el acuerdo del Parlamento federal y de 2/3 de
las asambleas legislativas provinciales, lo cual representaba el 50% de la
populación de todas las p:rovincias. Esta fórmula no concedía el derecho a veto
a ninguna provincia, como ocurría anteriormente. En su lugar, los parti-
cipantes adoptaron la cláusula de exclusión voluntaria, la cual era dispo- nible
para cualquier provincia. La propuesta de Vancouver, con ciertas modificaciones,
fue firmada el 6 de abril de 1981 por ocho provincias, incluyendo la firma de
Levesque, primer ministro de Quebec.
La Corte Suprema de
Justicia mediante decisión de fecha 28 de septiem- bre de 198110, conocida como la primera
repatriación, estableció que niel consentimiento de Quebec ni el de alguna otra
provincia era requeri- do por ley y que sólo bastaba un grado substancial de
acuerdo provin- cial para constituir una convención.
EI5 de noviembre de 1981
mediante acuerdo federal y provincial se modificó la fórmula de Vancouver para
adicionar nuevos puntos cons- titucionales. La
Asamblea Nacional Quebequence desaprobó este
acuer- do, a pesar de que la nueva fórmula era muy similar a la fórmula de
Vancouver. No obstante lo anterior, esta vez la oposición de Quebec no
interrumpió el proceso de repatriación, y el acuerdo fue enviado a Londres para
su aprobación por el Parlamento.
La provincia de Quebec,
mediante la segunda referencia 11,
sometió a consideración de la Corte de Apelación si el consentimiento de
Quebec era por convención, como una pre-condición a la viabilidad de la reforma
propuesta. Tanto la Corte de Apelación de Quebec como la Corte Suprema de Canadá
respondieron con un no al interrogante. En todo caso, para el momento en '1ue la
Corte respondió a esta pregunta, The Canada Act, 1982 ya había
sido adoptado por el Parlamento inglés.
La ley constitudonal de
1982
El Parlamento inglés
adoptó The Canada Act, 1982 el 29 de marzo de 198212, cuando recibió la aprobación
real. En el Schedule B del Canada Act, 1982 se enmentra The Constitution Act,
198213, el cual contiene la
Carta de los derechos y libertades canadienses, la cual sólo tuvo fuerza de ley
hasta el17 de abril de 1982, según lo indicado por la sección 58.
Mediante la culminación
del proceso de repatriación Canadá adqui- rió los procedimientos de reforma de
leyes sin la intervención del Parla- mento inglés y la figura de la reina de
Inglaterra pasó a tener un papel absolutamente simbólico.
La no participación de
Quebec
A pesar de que el estudio
de la aspiración de independencia de
Quebec merece una exposición más exhaustiva, en este trabajo me limitaré
proporcionar una
información general que complemente los anteceden- tes históricos de la
Constitución canadiense.
Los seguidores de la
provincia de Quebec no estuvieron de acuerdo con la nueva Constitución, puesto
que ésta no tuvo en cuenta las aspiracio- nes de la provincia a constituirse
como una sociedad distinta dentro de la federación. No obstante lo anterior,
Quebec estaba legalmente unido a The Constitution Act, 1982, puesto que
se adoptó conforme a los procedi- mientos legale:;. El Gobierno de Quebec
excluyó la aplicación de la Carta de los derechos y libertades canadienses a la
provincia, y adoptó la cláusula de exclusión voluntaria.
El gobierno federal trató
de lograr la reconciliación con la provincia de Quebec mediante diferentes mesas
de negociaciones. Después de largos período¡. de consultación y públicas
discusiones se logró el acuerdo de Charlottetown el28 de agosto de 1992. Este
acuerdo fue sometido a un referéndum nacional y a un referéndum provincial en
Quebec. Los votantes, incluyendo los de Quebec, dijeron que no al interrogante
de que si se consentía la reorganización de la Constitución de Canadá basada en
el acuerdo logrado el28 agosto de 1992. El profesor Hogg destaca que los
votantes nacionales dijeron que no a la pregunta propuesta puesto que
consideraron que se le había otorgado mucho a Quebec; mientras que los votantes
quebequences dijeron que no a la pregunta puesto que consideraron que no se les
había concedido mucho en el acuerdo. Por lo tanto, el acuerdo de Charlottetown
no prosperó, lo que conllevó a un resurgimiento del deseo de independencia en
Quebec. El Partido Quebe-
quence realizÓ otro
referéndum el 30 de octubre de 1995, en el que los votantes dijeron que no al
interrogante de que si Quebec debería conver- tirse en una soberanía
independiente, después
de que Quebec le ofrecie- ra formalmente a Canadá una sociedad en los asuntos
económicos y políticos.
El gobierno federal
decidió someter a opinión de la Corte Suprema de Canadá la validez de la
declaración unilateral de independencia de Quebec, previendo futuros intentos de
emancipación, lo cual no ha sucedi- do hasta la fecha. La Corte Suprema de
Canadá mediante la decisión Secession Reference (1998)14 estableció, entre otras cosas, que ni
la
Constitución canadiense ni
el
derecho internacional conceden a
Quebec el derecho a una secesión unilateral. Adicionalmente establece que
una
"secesión se podría estudiar
sujeto a las reglas constitucionales, siempre que una clara mayoría del pueblo
de Quebec así lo decidiera y que esa decisión respetara los derechos del resto
de los canadienses. La Corte no se pronunció sobre qué porcentaje debería
constituir una «clara mayoría».
Para concluir debo
resaltar que la evolución constitucional canadiense no terminó con:a
repatriación de las leyes a Canadá. Desde la adopción del Canada Act, 1982 y del Constitucional Act, 1982,
numerosas reformas se han dado y valiosas decisiones de la Corte se han rendido.
El estudio de los antecedentes históricos de la Constitución canadiense muestra
el esfuerzo decisivo de diversas culturas, incluyendo el de los primeros
habitantes, por disfrutar con plena autonomía de instituciones constitu-
cionales basadas en su propia realidad histórica.
FUENTE:http://ciruelo.uninorte.edu.co/pdf/derecho/21/8_ANTECEDENTES%20HISTORICOS%20CONSTITUCIONALES%20CANADIENSES_DERECHO_N.PDF
LAS
FUENTES DEL DERECHO CANADIENSE
El
derecho inglés y el Código napoleónico
El sistema de justicia en vigor actualmente en Canadá tiene su
origen en diversos sistemas europeos traídos a América en los siglos XVII y
XVIII por los exploradores y colonizadores. Los pueblos indígenas que fueron
encontrados por los europeos tenían cada cual su propio sistema de leyes y de
controles sociales, pero, con el correr de los años, las leyes de los
inmigrantes comenzaron a prevalecer. Después de la victoria de los ingleses
sobre el ejército francés en Quebec en 1759, el país pasó a estar casi
exclusivamente regido por el derecho inglés. Salvo Quebec donde el derecho civil
está fundado en el Código napoleónico adoptado en Francia, el derecho penal y el
derecho civil en vigor en Canadá se derivan de las leyes y el derecho
consuetudinario inglés.
El derecho consuetudinario, que fue elaborado en Gran Bretaña
después de la conquista por los normandos, se basa en las decisiones adoptadas
por los jueces de las cortes reales. Es un sistema de reglas fundadas en el
derecho jurisprudencial. Cada decisión vertida por un juez constituye un
"precedente", es decir una regla que deberá tenerse en cuenta para juzgar, en el
futuro, todo asunto semejante. El derecho consuetudinario es único en el mundo,
pues no se funda en un "código" ni en una "legislación"; sino que se funda en
las decisiones judiciales anteriores. Sin embargo, es flexible y se adapta a la
evolución de la sociedad.
El derecho civil tiene una tradición muy diferente. Se funda en
el derecho romano, que fue codificado por el emperador Justiniano. En la Roma
antigua, las fuentes del derecho eran numerosas y estaban dispersas: libros,
leyes y proclamas. A fin de eliminar la confusión, Justiniano ordenó a sus
juristas que agruparan todas las leyes en un solo código. Después de esa época,
el derecho civil es asimilado a un "código civil" que contiene casi todas las
reglas del derecho privado. El Código civil de Quebec entró en vigor en 1866,
justo antes de formarse la Confederación. Después ha sido modificado
regularmente, y hace poco tiempo fue revisado. Como todos los códigos civiles,
incluido el Código napoleónico en Francia, el Código civil de Quebec contiene un
enunciado completo de reglas que a menudo adoptan la forma de principios
generales destinados a reglamentar todo conflicto que pueda surgir.
Contrariamente a lo que sucede bajo el régimen del derecho consuetudinario, los
tribunales que juzgan sobre un asunto en el marco del derecho civil se fundan
ante todo en lo que está prescrito en el Código y, en seguida, examinan las
decisiones anteriores a fin de lograr uniformidad.
Cuando se examina la ley y su aplicación respecto a los pueblos
indígenas de Canadá, es necesario tener en cuenta los derechos ancestrales y los
derechos dimanados de tratados que son protegidos por la Constitución. Los
derechos ancestrales se desprenden de la ocupación y del uso históricos del
territorio por los pueblos indígenas; los derechos en virtud de tratados son
enunciados en los tratados firmados entre la Corona y un pueblo indígena
particular.
La
reforma del derecho: un fenómeno sin fin
El derecho canadiense toma mucho de las tradiciones jurídicas
europeas. Sin embargo, a medida que la sociedad evoluciona, se hace imposible
remitirse únicamente a la tradición. A veces, la necesidad de adoptar nuevas
leyes o de modificar antiguas se hace sentir de manera apremiante, y el derecho
consuetudinario y el derecho civil pueden evolucionar demasiado lentamente para
responder a esa necesidad. En consecuencia, incluso si el gobierno adopta
reformas de gran envergadura para tener en cuenta los cambios en la sociedad,
ésta continúa evolucionando rápidamente, lo cual fuerza a los legisladores a
introducir continuamente a reformas de las leyes.
La
adopción de nuevas reglas jurídicas: la ley
En el régimen democrático, los países tienen habitualmente una
institución llamada "parlamento" o "asamblea legislativa" que tiene el poder de
adoptar nuevas leyes o de modificar las antiguas. Canadá es una federación, es
decir una unión de varias provincias con un gobierno central. De esa manera, un
parlamento, en Ottawa, adopta las leyes que se aplican en todo el territorio
canadiense y una asamblea legislativa en cada provincia y territorio examina los
asuntos de interés local. Los textos legislativos adoptados por esas
instituciones se llaman "leyes". Cuando el Parlamento o la asamblea legislativa
de una provincia adopta una ley, ésta reemplaza las reglas de derecho
consuetudinario que rijan el campo dado. En Quebec, se han adoptado muchas leyes
con el fin de tratar problemas precisos que el Código civil no aborda.
La utilización de la vía legislativa puede ser compleja.
Supongamos, por ejemplo, que el gobierno federal quiera adoptar una ley para
luchar contra la contaminación ambiental. Primero, los ministros o los altos
funcionarios son invitados a examinar atentamente el problema a objeto de
determinar de qué manera una ley federal podría atacar la contaminación. En
seguida, se redacta un anteproyecto de ley y se presenta a la aprobación del
Gabinete que está formado por los diputados elegidos por el primer ministro. Ese
anteproyecto de ley es presentado al examen del Parlamento bajo la forma de
"proyecto de ley". El proyecto de ley no se convierte en ley mientras no sea
aprobado por la mayoría de los diputados y senadores y sea sancionado por el
gobernador general en nombre de la Reina.
La adopción de leyes en cada provincia sigue un procedimiento
parecido. Las leyes adoptadas por la asamblea legislativa de una provincia son
sancionadas por el vicegobernador.
Debido a la complejidad de la sociedad contemporánea, se adoptan
cada vez más leyes. Se ha hecho imposible que el legislador prevea todo en el
texto de una ley. A menudo, entonces, el Parlamento y las asambleas legislativas
de las provincias adoptan leyes de aplicación general y delegan el poder de
aprobar "reglamentos" a fin de fijar los detalles de la ley. Esos reglamentos
tratan de lograr los objetivos de la ley de aplicación general o de completarla,
pero ésta última limita el alcance.
La
Constitución
En un país democrático regido por una constitución escrita, el
legislador no puede adoptar cualquier ley. La constitución de un país precisa
especialmente los poderes y los límites de los poderes que pueden ser ejercidos
por cada rama de gobierno.
En numerosos países formados después de una revolución o por una
declaración de independencia (Estados Unidos por ejemplo), la esencia del
derecho constitucional está contenida en un solo documento, habitualmente
llamado "la constitución". En cuanto a Canadá, el país fue constituido por una
ley del Parlamento de Gran Bretaña. Por lo tanto, no tiene una "constitución"
como tal. El documento que se aproxima más a un texto constitucional sería el
Acta de América del Norte Británica de 1867, por la cual las provincias de
Canadá que constituían las colonias británicas (el Alto Canadá y el Bajo
Canadá), Nueva Escocia y Nuevo Brunswick fueron reagrupadas para formar el
Dominio de Canadá.
Sin embargo, si bien no hay, en el derecho canadiense, una
"constitución" como tal, la Ley constitucional de 1982, que figura en el anexo B
de la Ley de 1982 sobre Canadá - por la cual la constitución canadiense fue
finalmente repatriada a Canadá -- define lo que es la constitución. El artículo
52 de la Ley enuncia que la Constitución de Canadá es la ley suprema de Canadá y
que comprende los aproximadamente 30 textos legislativos y decretos que figuran
en el anexo.
La unión de provincias y la creación del Dominio de Canadá no
comporta una ruptura con el gobierno imperial. El nuevo país formaba siempre
parte del imperio británico y era gobernado por una persona nombrada por el
soberano con el consejo del secretario de las colonias en Westminster. Lejos de
codificar un nuevo conjunto de reglas constitucionales para Canadá, el AANB
prescribía un poco más que el simple establecimiento de la unión pero no decía
nada sobre la posibilidad de modificar las disposiciones que contenía. Por esa
razón hasta 1982, todas las modificaciones que debieron introducirse al AANB
debieron ser adoptadas por el Parlamento británico.
La Constitución establece los principios fundamentales de la
democracia canadiense. Prescribe igualmente los poderes de tres órganos del
gobierno que son el ejecutivo, el legislativo y el judicial.
En Canadá, es su Majestad la Reina quien está investida del
poder ejecutivo. Pero en nuestra sociedad democrática, existe una convención
constitucional reflejada en nuestras leyes fundamentales conforme a la cual el
poder ejecutivo reside, en la práctica, en el Gabinete, que comprende, a nivel
federal, el primer ministro así como un cierto número de ministros, que deben
rendir cuenta al Parlamento de diversas actividades del gobierno. Cada ministro
es además responsable del ministerio bajo su autoridad, como el ministro de
Justicia o el de Hacienda. De manera general, el término "gobierno" remite al
poder ejecutivo.
A nivel federal, es el "Parlamento" el que está investido del
poder legislativo. Éste se compone de la Cámara de los Comunes, del Senado y de
Su Majestad. La mayoría de nuestras leyes son primero examinadas por el
Gabinete, antes de ser presentadas a la Cámara de los Comunes después al Senado
para ser debatidas y aprobadas por mayoría.
Antes de convertirse en ley, el proyecto de ley debe recibir la
"sanción" de Su Majestad la Reina o de su representante, el gobernador general.
Lo mismo sucede en cada provincia, salvo que el representante provincial de la
Reina es el vicegobernador. Esta exigencia relativa a la sanción real no
significa que la Reina ejerza un poder en el plano político; más bien se trata
de una convención constitucional por la cual la Reina sigue siempre los consejos
del gobierno.
La Constitución prescribe igualmente que la "magistratura" esté
investida del poder judicial, es decir que son los jueces los que resuelven los
litigios ante los tribunales. Ella sólo prescribe la nominación de jueces de los
tribunales federales; los jueces de los tribunales provinciales son nombrados
conforme a leyes provinciales. El papel de los jueces consiste en interpretar y
aplicar la ley y la Constitución, y en tomar decisiones imparciales ya sea en
materia de derecho público, como un asunto penal, o en materia de derecho
privado, como sobre un conflicto en materia contractual.
FUENTE: http://www.oas.org/juridico/MLA/sp/can/sp_can_fuentes.html
ENSEÑANZA Y EJERCICIO DE LA PROFESIÓN EN CANADÁ
La enseñanza se realiza no sólo mediante preguntas y respuestas en las clases, sino también a
través del constante contacto con la práctica en los tribunales, oficinas
públicas y despachos jurídicos.
El
régimen de exámenes es riguroso. Para presentarse a ellos, el alumno debe
haber completado el año anterior y el que esté cursando; ningún estudiante es
admitido a exámenes correspondientes a dos cursos distintos dentro del mismo año
académico; por Último, para pasar al ano siguiente, el alumno ha de obtener un
promedio de scsenia por ciento en las calificaciones que logre.
El "Carleton College" de 0ttawa.-De acuerdo con el título del presente
ensayo, que se refiere a la enseñanza del Derecho en el Canadá, sin
circunscribirse a la impartida por las Facultades jurídicas, y como una
manifestación curiosa, nos ocuparemos de otra institución dedicada a aquella
y situada en la capital: el Carlefon
College,lo fun- dado en 1942 por la Asociación de Ottawa para el
Desarrollo de la Enseñanza. Merced a una ley especial de 1952 (The Carleton CoUege Act 1952) obtuvo el status de Universidad. Dicho
texto, que es también su Carta fundamental, le autoriza para conferir todos los
grados acadé-
micos y para crear cuantas
facultades, cátedras y cursos juzgue conve- niente el Board (junta de gobierno).
Se enseñan en él las siguientes
materias : Derecho mercantil, Ciencias
políticas y Derecho público. El programa de Derecho mercantil abarca
especialmente la explicación de contratos, compraventa, instrumentos ne-
gociables, compañías y sociedades anónimas
y de responsabilidad limita- da, quiebra, insolvencia e hipoteca.
A su vez, el programa de Cienciar
politicas incluye la explicación de las distintas formas de gobierno (estudio
comparativo), el fede- ralismo canadiense, la historia del pensamiento jurídico
(con especial referencia a las teorias de Platón, Aristóteles, Maquiavelo,
Hobbes, Locke, Milton, Stuart Mill, Marx y otros), más un curso de Derecho
provincial y municipal.
Finalmente, el programa de Derecho
público comprende el estudio del Derecho administrativo a la luz de los problemas sociales y econó-
micos modernos y con especial atención a las tendencias de la legisla- ción
actual; el de la legislación y poder judicial delegados; el de la revisión
judicial y extrajudicial y el del procedimiento administrativo.
El titulo que otorga es el de Master
of Arts in Public Administration (M. A , ) ,que se corresponderia con
el nuestro de "Doctor en Ciencias Po- líticas". Al parecer, el Carleton College
se dispone, con su actual cuadro de estudios juridicos, a preparar el terreno
para la creación de una
Escuela de Derecho propia.
IV.
La Facultad de Derecho de la Universidad de 0ttam.-Distinta de las
anteriores es la organización de la Universidad de Ottawa,l1 que funciona desde 1953 a base del reconocimiento oficial hecho a
su favor por los Colegios de Abogados y de Notarios y por la Legislatura de la
Provincia de
Quebec. Ello
significa, implícitamente, que el Derecho enseñado en dicha Facultad no es el common lmer inglés, pese a hallarse enclavada en
territorio ontariense (Ottawa), l3
sino el Derecho civil fran- cés.I4
Las materias de los tres primeros años
son casi todas ellas comunes a los estudios de abogacía y de notariado; pero en
el cuarto y Último año, la enseñanza se
bifurca a causa de diferencias de orden práctico.
Primer año: Introducción general
(Filosofía del Derecho) e His- toria del Derecho francés y canadiense; Derecho romano; Derecho civil
(introducción; personas; bienes y obligaciones) ; Procedimiento ci- vil; Procedimiento
notarial; Derecho constitucional y parlamentario; Derecho municipal : Derecho púMico de la Iglesia, l by Literatura jurídica.
Segundo año: Derecho civil (contratos;
prescripción y privilegios) ; Procedimiento civil; Procedimiento notarial;
Fxonomía política y social; Derecho
mercantil (introducción; letra de cambio; compañías) ; Derecho marítimo; Derecho aéreo; Derecho
penal; Derecho administrativo; Dere- cho parroquia1 y escolar; Legislación
obrera y social (leyes sobre orga- nización del trabajo, libertad de agrupación,
organismos de enlace entre patronos y obreros, contrato colectivo de trabajo, regulación del contrato de trabajo,
y seguridad social).
Tercer alio : Derecho civil (convenios matrimoniales;
sucesiones, etc.) ; Procedimiento
civil ; Procedimiento notarial ; Derecho mercantil (legis- lación; seguros)
; Derecho internacional público;
Derecho penal; Legis- lación obrera y social.l6
En el cuarto año, los estudiantes inscritos en
el Colegio de Abogados siguen los cursos de Etica y organización profesionales;
Derecho internacional privado; Derecho constitucional (junsprudence) ; Derecho fis- cal y Contabilidad. Los trabajos prácticos versan
sobre Derecho civil; Procedimiento civil (redacción de escritos) ; Procedimiento parlamenta- rio ; Operaciones comerciales ; Quiebra y
liquidación ; Seguros ; Derecbp penal; Derecho municipal, escolar
y parroquial;l7 Legislación fiscal; Derecho
industrial; Contabilidad y
Práctica de despacho juridico.
Los estudiantes de Notariodo
desarrollan trabajos prácticos en las siguientes materias : Procedimiento notarial (redacción) ; Examen de ti- tulos inmobiliarios; Operaciones
comerciales; Legislación financiera, y
práctica en coinpañias
; Gestiones
; Seguros
; Derecho fiscal; Derecho
internacional privado; Derecho municipal; Secretariado de corporaciones
públicas; Etica y organización
profesionales; Práctica notarial.
La concurrencia a las clases y los trabajos prácticos es obligatoria,
exigiéndose un noventa por ciento de asistencia en el conjunto de mate- rias
para poder presentar exámenes. Estos son verbales o escritos, según el caso,
y sus detalles se hallan escrupulosamente
establecidos en los artículos 4 a 8 del Reglamento académico. Is
V.
Condiciones para el ejercicio de la
Srofesión de abogado.-En el Canadá, los titnlos expedidos por las Universidades
no autorizan por si solos para el ejercicio de las profesiones de abogado o
notario. Requié- rese, además, que el candidato solicite su incorporación al
Colegio de Abo- gados o de notarios de la provincsia respectiva.
1)
En la Provincia de Ontario, la Última reglamentación data del año 1949. Conforme a ella, el candidato debe
practicar un año en un. L m Office
(despacho juridico), y seguir después un
curso en la Law School (Escuela de Derecho) del Colegio de Abogados, al cabo del
cual, si realiza con éxito el examen correspondiente, se le autoriza para el
libre ejercicio de la profesión.
2)
Los estudiantes graduados en la Facultad de Derecho de la Uni- versidod
de Ottawa se hallan autorizados para ejercer en la Provincia de Quebec, de tradición francesa, tan
pronto como se inscriban en el Colegio de
Abogados o en el de Notarios. Esa inscripción se efectúa tras un examen de admisión y una vez
cumplidos todos los requisitos establecidos por la junta de gobierno de la
respectiva profesión.
VI.
Conclusión.-Hemos tratado
de hacer palpable la diferencia exis- tente entre los planes de estudio de las
dos Facultades de Derecho a que nos hemos referido, perteneciente cada una de
ellas a un sistema jurídico distinto. Dicha divergencia, que se refleja ya en la
preparación de los estudiantes, no es sino una consecuencia lógica e imperativa
de la divi- sibn del Canadá en dos sistemas de Derecho diversos. Se advierten,
sin embargo, recíprocos y marcados influjos entre ambos: por un lado, en el
papel cada día más importante que el Derecho legislado desempeña en el ámbito
del comncon lme, y, por otro, en la repercusión de los precedentes
judiciales (característicos del conzmon lwd) sobre el Derecho civil
francés de
Quebec.
FUENTE: http://www.juridicas.unam.mx/publica/librev/rev/facdermx/cont/17/dtr/dtr3.pdf